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ToggleVerifactu para fisioterapeutas: fechas, obligación y qué hacer
- Iker Martínez Pérez
- 8 min de lectura
Actualizado: octubre 2026
Puntos clave
- El reglamento regula los sistemas informáticos de facturación.
- VERI*FACTU remite los registros a la AEAT; NO VERI*FACTU los conserva.
- La exención de IVA no decide por sí sola si te afecta.
- Hacienda prevé aplazar hasta octubre de 2028; falta formalizarlo.
- Confirma alcance, modalidad y fecha con tu gestor y proveedor.
El Reglamento de sistemas informáticos de facturación establece requisitos para los programas que se usan para emitir facturas. VERI*FACTU es una de sus modalidades; también existe NO VERI*FACTU, que conserva los registros sin remitirlos automáticamente a la Agencia Tributaria y debe cumplir garantías adicionales. En fisioterapia, la obligación depende del ámbito de la actividad y del sistema utilizado: la exención de IVA, por sí sola, no la determina.
La norma publicada fijó plazos en 2027. El 5 de octubre de 2026, Hacienda anunció una previsión de aplazamiento hasta octubre de 2028 para pymes y autónomos con facturación anual de hasta 8 millones de euros; el cambio aún debe formalizarse. Esta guía separa las fechas aprobadas del anuncio. Si buscas un programa que lo tenga en cuenta, conoce el software para fisioterapeutas de Docfav.
Qué es Verifactu y por qué lo exige Hacienda
¿Están obligados los fisioterapeutas a usar Verifactu?
En general, los empresarios individuales y las sociedades que usan un sistema informático para emitir facturas pueden estar dentro del RRSIF. Hay exclusiones, entre ellas algunos sujetos al SII, y reglas territoriales distintas en País Vasco y Navarra.
La profesión o la exención de IVA no resuelven por sí solas el caso: confirma con tu gestor quién emite la factura y qué sistema usa. Consulta el ámbito y las exclusiones de la AEAT. Si estás empezando como autónomo, repasa los pasos para hacerse autónomo en fisioterapia.
Qué cambia en la factura de un fisioterapeuta
Si un sistema informático está sujeto al RRSIF, debe generar los registros exigidos y la factura debe incluir el código QR que corresponda. VERI*FACTU remite los registros a la AEAT; NO VERI*FACTU los conserva con garantías adicionales. La comprobación del QR depende de la modalidad.
La norma regula sistemas informáticos; no equivale a prohibir en todos los casos una factura en papel o cualquier uso de Excel o Word. Si usas una plantilla o herramienta genérica, confirma si entra en el reglamento. Puedes repasar los datos de una factura de fisioterapia en nuestra guía.
Verifactu y la facturación a mutuas: qué debes saber
Qué necesita un fisioterapeuta para cumplir con Verifactu
Antes de hacer cambios, confirma estos puntos: quién emite las facturas; si tu actividad y sistema entran en el reglamento o tienen una exclusión; qué modalidad ofrece el programa; y si el productor entrega la declaración responsable de esa versión. En VERI*FACTU pregunta cómo se remiten los registros; en NO VERI*FACTU, qué controles y registro de eventos conserva.
Revisa también cómo se integra la facturación con la agenda y los bonos de sesiones. No des por hecho que tienes que migrar sin confirmar primero el alcance que aplica a tu caso. Si estás comparando programas, consulta la comparativa de los mejores software para fisioterapeutas.
Cómo prepararte mientras se confirma el calendario
Para organizarte:
- Confirma el alcance con tu gestor.
- Pide a tu proveedor la modalidad, la declaración responsable y los cambios necesarios.
- Revisa de nuevo el calendario oficial antes de fijar una fecha de migración.
- Prueba el flujo con datos de prueba, no con facturas de pacientes.
El calendario publicado fijó fechas en 2027. El 5 de octubre de 2026, Hacienda anunció una previsión para aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de pymes y autónomos con facturación anual de hasta 8 millones de euros. Falta formalizar el cambio; comprueba la nota oficial del Ministerio de Hacienda. Si quieres ordenar los números de tu consulta, revisa nuestra guía de contabilidad en fisioterapia.
Para el marco general de la facturación sanitaria, consulta la guía de factura médica y la página de Verifactu para clínicas; en otras especialidades, tienes las guías de Verifactu para dentistas y psicólogos.
Conclusión
La obligación no depende de la exención de IVA: depende del emisor, del sistema de facturación y de las exclusiones. El calendario publicado fijó fechas en 2027; Hacienda anunció una previsión de aplazamiento hasta octubre de 2028 para pymes y autónomos con facturación anual de hasta 8 millones de euros, aún pendiente de formalizar. Verifica la fecha vigente antes de planificar cambios.
Si quieres valorar agenda, historia clínica y facturación en una misma herramienta, consulta el software para fisioterapeutas de Docfav y solicita una demo para preguntar por la modalidad y la documentación del sistema.
Preguntas frecuentes sobre Verifactu para fisioterapeutas
¿Los fisioterapeutas están obligados a usar Verifactu?
¿Puedo seguir facturando con Excel o plantillas de Word?
El reglamento no prohíbe de forma general el papel, Excel o Word. Regula los sistemas informáticos utilizados para expedir facturas. Si usas una plantilla o programa para emitirlas, consulta con tu gestor si se considera un sistema informático de facturación sujeto a la norma y pregunta al proveedor por la modalidad y la declaración responsable.
¿Afecta Verifactu a las facturas que emito a mutuas?
Que la factura se dirija a una mutua no determina por sí solo si se aplica el RRSIF. Depende de quién emite la factura, del sistema utilizado y de las exclusiones que correspondan. Confirma con la mutua los requisitos de formato y presentación, y con tu gestor el alcance de la obligación.
¿Qué pasa si no me adapto antes de la fecha límite?
Si el sistema debe cumplir el RRSIF y no lo hace en la fecha legalmente aplicable, puede haber consecuencias tributarias; dependen de la conducta y de quién sea responsable. No se debe generalizar una cuantía de sanción. El calendario publicado señalaba 2027, aunque Hacienda anunció una previsión de aplazamiento hasta octubre de 2028 para pymes y autónomos con facturación anual de hasta 8 millones de euros. Falta formalizar el cambio: revisa la actualización oficial y consúltalo con tu asesor.
