Psicólogo autónomo requisitos España 2026

Actualizado: octubre 2026

Puntos clave

  • Necesitas el Grado y el Máster en Psicología General Sanitaria.
  • La colegiación es obligatoria para ejercer.
  • Alta en Hacienda (grupo 776 del IAE) y en el RETA.
  • Cuota habitual: tramos 7 a 9, de 350 a 390 € al mes.
  • Calcula tu precio por sesión desde tus costes.

Si estás pensando en abrir tu propia consulta de psicología o en dejar una clínica para trabajar por cuenta propia, hay una serie de pasos legales y administrativos que debes completar antes de atender a tu primer paciente. Esta guía los cubre en orden, con los requisitos actualizados a 2026. Y para gestionar la consulta desde el primer día, un software para psicólogos puede ahorrarte mucho trabajo administrativo.

Requisito previo: la titulación que necesitas para ejercer

Antes de cualquier trámite administrativo, el punto de partida es tener la titulación habilitante. En España hay dos figuras diferenciadas con requisitos distintos:

Psicólogo General Sanitario — requiere el Grado en Psicología más el Máster Oficial en Psicología General Sanitaria (MPGS). Esta titulación habilita para ejercer en el ámbito sanitario privado: puedes atender pacientes, diagnosticar y aplicar tratamientos psicológicos. Es la vía más común para abrir consulta privada.

Psicólogo Especialista en Psicología Clínica (PIR) — requiere superar el proceso de formación PIR. Habilita para ejercer tanto en el sistema público como en el privado, con competencias ampliadas para el diagnóstico y tratamiento de trastornos mentales graves.

Para trabajar en centros del Sistema Nacional de Salud o concertados se exige la especialidad en Psicología Clínica; para la consulta privada basta con el título de Psicólogo General Sanitario.

Si obtuviste tu licenciatura antes de que existiera el máster y ya ejercías en el ámbito sanitario, la Ley 33/2011 (disposición adicional séptima) previó un régimen transitorio: el plazo para acogerse a él terminó en 2014 y quienes se inscribieron por esa vía pueden seguir ejerciendo. Si tienes dudas sobre tu caso, pregunta en el Colegio Oficial de Psicólogos de tu comunidad.

Paso 1: Colegiación en el Colegio Oficial de Psicólogos

La colegiación en el Colegio Oficial de Psicólogos es obligatoria para ejercer la psicología de forma privada (Ley 43/1979, de creación del Colegio, y Ley 2/1974 de Colegios Profesionales). Sin ella no puedes atender pacientes legalmente, tengas la titulación que tengas.

El proceso varía ligeramente según la comunidad autónoma, pero en general implica:

  • Solicitar el alta en el Colegio Oficial de Psicólogos de la comunidad donde vayas a ejercer
  • Presentar el título oficial y el expediente académico
  • Abonar la cuota de inscripción y la cuota colegial periódica

La cuota de inscripción y la cuota colegial periódica las fija cada colegio, así que varían según la comunidad. Son un gasto deducible de tu actividad en el IRPF.

Basta con colegiarte en el colegio de tu domicilio profesional único o principal: esa colegiación te habilita para ejercer en todo el territorio español (art. 3.3 de la Ley 2/1974).

Error frecuente: empezar a atender pacientes antes de estar colegiado. Tramita la colegiación antes de la primera sesión.

Paso 2: Alta en Hacienda - Modelo 036 o 037

Antes de emitir tu primera factura debes darte de alta en la Agencia Tributaria. El trámite se hace mediante el Modelo 037 (versión simplificada, la que usa la mayoría de autónomos) o el Modelo 036 si tu situación fiscal es más compleja.

En este modelo declaras tu actividad económica con el epígrafe del IAE correspondiente. Si ejerces a título individual, la Dirección General de Tributos (consulta vinculante V0315-26, de febrero de 2026) indica que debes inscribirte en el grupo 776 de la sección segunda de las Tarifas del IAE («Doctores y licenciados en Ciencias Políticas y Sociales, Psicólogos, Antropólogos, Historiadores, y similares»), siempre que tus actividades sean propias de la titulación de Psicología. Elegir bien el epígrafe importa porque condiciona cómo clasifica Hacienda tu actividad.

Este trámite debe completarse antes del inicio de la actividad, no después. Puede hacerse online en la sede electrónica de la AEAT con certificado digital o Cl@ve.

Para los detalles sobre IVA, IRPF y declaraciones trimestrales, consulta la guía completa de obligaciones fiscales para autónomos sanitarios. Y antes de emitir tu primera factura, repasa cómo hacer las facturas de psicólogos: campos obligatorios, IVA e IRPF.

Paso 3: Alta en la Seguridad Social - RETA

Debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Debes hacerlo antes de iniciar la actividad, y puedes presentar el alta hasta 60 días antes. Si la presentas fuera de plazo, tiene efectos desde el día 1 del mes de inicio de la actividad. Puede hacerse online a través del portal Importass de la Seguridad Social.

Desde 2023 la cuota mensual depende de tus rendimientos netos reales, no de la base que elijas libremente. En la sección siguiente tienes cuánto pagarías según tus ingresos.

Si eres nuevo autónomo puedes acceder a la tarifa plana durante el primer año, independientemente de tus ingresos. Hasta 2025 fue de 80 €/mes; confirma su importe de 2026 en la Seguridad Social antes de darte de alta.

El detalle de tramos y novedades de 2026 está en el artículo sobre cuota de autónomos para sanitarios en 2026.

Cuánto pagarás de cuota como psicólogo autónomo

La Seguridad Social calcula tu tramo a partir del rendimiento neto mensual: tus ingresos menos los gastos deducibles y menos la deducción por gastos genéricos (7 % si eres autónomo persona física), dividido entre 12.

Ejemplo ilustrativo: un psicólogo que factura 3.000 € al mes y tiene 600 € de gastos deducibles (alquiler de la consulta, seguro, software, colegio) tiene un rendimiento neto de (3.000 − 600) × 0,93 = 2.232 € al mes. Le corresponde el tramo 9, con una cuota mínima de 390 € al mes más el MEI.

Los tramos en los que se sitúan la mayoría de psicólogos con consulta activa son estos (cuota mínima del tramo, sin MEI):

  • Tramo 7 (1.700 a 1.850 € de rendimiento neto al mes): 350 €
  • Tramo 8 (1.850 a 2.030 €): 370 €
  • Tramo 9 (2.030 a 2.330 €): 390 €

El MEI es el 0,9 % de la base de cotización en 2026. Puedes cambiar tu base hasta seis veces al año desde Importass. Las cifras son las de la Orden PJC/297/2026; si quieres ver los 15 tramos, consulta la cuota de autónomos para sanitarios, y para el resto de impuestos, las obligaciones fiscales del médico y sanitario autónomo.

Paso 4: LOPD y protección de datos psicológicos

Los datos que manejas como psicólogo — diagnósticos, notas de sesión, historiales clínicos — son datos de categoría especial según el RGPD (art. 9), que exigen medidas reforzadas.

Esto implica obligaciones concretas antes de atender a tu primer paciente:

Registro de Actividades de Tratamiento. Debes documentar qué datos recoges, con qué finalidad, durante cuánto tiempo los conservas y qué medidas de seguridad aplicas. No es un trámite que se presenta en ningún organismo — es un documento interno que debes tener actualizado. Tienes una guía paso a paso en registro de actividades de tratamiento en una clínica.

Información y consentimiento. Antes de empezar, informa al paciente de cómo tratarás sus datos y de sus derechos (art. 13 del RGPD) y recoge su consentimiento informado para el tratamiento psicológico (Ley 41/2002). Para usos que no son asistenciales, como las comunicaciones comerciales o grabar sesiones, pide un consentimiento específico.

Política de privacidad. Si tienes web o usas formularios de contacto, necesitas una política de privacidad adaptada a tu actividad como psicólogo.

Almacenamiento seguro. Las historias clínicas en papel requieren armario con llave y acceso restringido. Las digitales requieren un sistema con cifrado, control de acceso por usuario y un proveedor con el que firmes el contrato de encargado del tratamiento (art. 28 del RGPD).

Plazo de conservación. La documentación clínica debe conservarse como mínimo cinco años desde el alta de cada proceso asistencial (art. 17 de la Ley 41/2002), y algunas comunidades autónomas fijan plazos más largos.

El incumplimiento puede sancionarse con multas de hasta 10 o 20 millones de euros, o del 2 % o 4 % de la facturación anual, según la gravedad (art. 83 del RGPD). Para ver el conjunto de obligaciones, consulta la guía de obligaciones RGPD en una clínica privada.

Paso 5: Seguro de responsabilidad civil profesional

La Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias exige a quienes ejercen en el ámbito privado un seguro de responsabilidad civil, un aval u otra garantía financiera que cubra las indemnizaciones por daños derivados de su actividad. Es decir, cubre lo que pudieran reclamarte los pacientes por esos daños.

Algunos colegios ofrecen pólizas colectivas a sus colegiados. Si contratas una póliza por tu cuenta, asegúrate de que cubra específicamente la actividad de psicólogo clínico o sanitario, no una póliza genérica de responsabilidad civil.

La prima es un gasto deducible de tu actividad en el IRPF. Para comparar coberturas y sumas aseguradas, consulta la guía de responsabilidad civil profesional sanitaria.

Paso 6: Habilitación del espacio de consulta

Si vas a atender pacientes presencialmente, el espacio debe estar autorizado. La apertura y el funcionamiento de las consultas de psicología están sujetos a autorización sanitaria previa (Real Decreto 1277/2003), que se tramita ante la consejería de salud de tu comunidad autónoma.

Los requisitos del local los fija cada comunidad, pero en general se valoran aspectos como:

  • Confidencialidad acústica: los pacientes no deben poder ser escuchados desde el exterior ni desde otras salas
  • Ventilación e iluminación adecuadas
  • Accesibilidad, si el local es de acceso público

Pregunta en tu consejería de salud qué documentación pide antes de abrir, porque el procedimiento y los plazos varían según la comunidad.

¿Cuánto cobrar por sesión como psicólogo autónomo?

No existe una tarifa oficial: el precio de la sesión lo fijas tú. La ley prohíbe a los colegios profesionales establecer baremos orientativos o recomendaciones sobre honorarios (artículo 14 de la Ley 2/1974), así que no encontrarás un precio de referencia en tu colegio. Lo que sí puedes hacer es calcular el mínimo que necesitas cobrar para que la consulta sea rentable, en tres pasos:

  1. Suma tus costes fijos mensuales: cuota de autónomos, alquiler, suministros, seguro de responsabilidad civil, cuota del colegio, software y otros gastos.
  2. Añade lo que quieres ganar al mes antes de IRPF.
  3. Divide el total entre las sesiones que realmente haces al mes, no entre los huecos de la agenda.

Ejemplo ilustrativo: con 900 € de costes fijos al mes y un objetivo de 1.800 € antes de IRPF, necesitas 2.700 €. Con 80 sesiones al mes, el precio mínimo es de 33,75 € por sesión; con 60 sesiones, sube a 45 €. Son cifras de ejemplo, no precios de mercado.

Si tu actividad no está exenta de IVA, súmalo al precio final. Para seguir la rentabilidad de la consulta mes a mes, consulta los indicadores de rentabilidad de una clínica.

Qué necesitas para gestionar tu consulta desde el primer día

Agenda de citas
Sesiones individuales, de pareja o grupales con recordatorios automáticos para reducir ausencias
Historia clínica digital
Notas de sesión, registro de evolución y adjuntos, adaptable a tu modelo terapéutico
Facturación con Verifactu
Normativa que tendrás que cumplir al facturar — integrado de serie, sin módulos extra
Consentimientos LOPD
Firma digital desde la primera sesión — sin papel, con validez legal completa
Videoconsulta integrada
Sesiones online sin apps externas — el paciente se conecta desde el navegador
Docfav cubre todo esto en una sola plataforma. Sin instalación  ·  Migración gratuita  ·  Prueba gratis
Ver software para psicólogos

Si quieres comparar programas, consulta la comparativa de los mejores software para psicólogos. Y para saber cómo te afecta Verifactu al facturar, lee la guía de Verifactu para psicólogos.

Preguntas frecuentes

Sí. La colegiación en el Colegio Oficial de Psicólogos es obligatoria para ejercer la psicología de forma privada, además de contar con la titulación habilitante.

Colegiarte, darte de alta en Hacienda (modelo 036 o 037) y en el RETA, contratar el seguro de responsabilidad civil, cumplir con la protección de datos y obtener la autorización sanitaria de la consulta.

Depende de tus rendimientos netos. Con un rendimiento de 1.700 a 2.330 € al mes (tramos 7 a 9), la cuota mínima va de 350 a 390 € más el MEI. A eso se suman la cuota del colegio, el seguro y los gastos de la consulta.

Sí. La Ley 44/2003 exige a los profesionales sanitarios que ejercen en el ámbito privado un seguro de responsabilidad civil u otra garantía financiera que cubra los daños derivados de su actividad.

Sí. Muchos profesionales combinan la consulta presencial con la atención online. Para ello es importante cumplir la normativa de protección de datos y garantizar la confidencialidad de las sesiones.

No hay tarifa oficial: el precio es libre. Para calcular tu mínimo, suma tus costes mensuales y lo que quieres ganar, y divide entre las sesiones que haces al mes.

Facebook
Twitter
LinkedIn