Hombre trabajando en escritorio con laptop y monitor, usando calculadora.

Actualizado: octubre 2026

Puntos clave

  • Incluye los datos que exige el Reglamento de facturación.
  • Algunos servicios odontológicos y prótesis pueden estar exentos de IVA.
  • Si mezclas operaciones exentas y sujetas, desglósalas.
  • La retención de IRPF depende del tipo de pago y de quién paga.
  • Verifactu depende del ámbito de la clínica y de su sistema de facturación.

¿Qué debe incluir una factura de dentista y qué impuestos corresponden? Depende del destinatario, del tratamiento y del sistema con el que se emite. En esta guía repasamos los datos de la factura, el IVA en odontología y las obligaciones aplicables a los programas de facturación, con referencias a fuentes oficiales.

Para consultar los datos exigidos en una factura completa, revisa el artículo 6 del Reglamento de obligaciones de facturación. Para las reglas generales de facturación en el ámbito sanitario, puedes consultar nuestra guía de facturación médica.

Campos obligatorios en una factura de dentista

En una factura completa, los datos exigidos se recogen en el Reglamento de facturación. Los requisitos pueden variar si procede emitir una factura simplificada o si existe una regla especial para la operación. Consulta los datos de la factura completa y los de la factura simplificada.

Factura completa
DatoQué revisar
Número y serieUsa numeración correlativa dentro de cada serie.
FechasIncluye la fecha de expedición y, si es distinta, la fecha de la operación o del anticipo.
Emisor y destinatarioComprueba los datos de identificación y domicilio exigibles para el tipo de factura y destinatario. El NIF del destinatario se exige en los supuestos que establece la norma.
ServicioDescribe el tipo de tratamiento o servicio prestado.
Base e impuestosIndica el tipo impositivo y la contraprestación total. Si la factura incluye operaciones con distintos tipos de IVA, separa la base correspondiente a cada tipo.
Exención u otras mencionesCuando corresponda, añade la mención específica que exija la norma para la operación.

Los requisitos cambian según se emita una factura completa o simplificada. Consulta el artículo 6 del Reglamento de obligaciones de facturación y su artículo 7.

¿Qué IVA se aplica a los servicios odontológicos?

Para el IVA odontológico hay una exención específica: el artículo 20.1.5.º de la Ley del IVA contempla los servicios prestados por odontólogos en el ejercicio de su profesión y los servicios de prótesis dentales que enumera. La AEAT incluye los servicios odontológicos entre las operaciones exentas. Por eso, no conviene asignar automáticamente un 21% a un servicio solo por llamarlo “estético”: hay que comprobar si encaja en la exención aplicable.

Consulta el artículo 20 de la Ley del IVA, apartado 1, número 5.º. Si la factura reúne operaciones exentas y sujetas a IVA, el Reglamento de facturación exige desglosarlas según corresponda.

¿Qué servicios odontológicos pueden estar exentos?

La exención del IVA en odontología está regulada de forma específica. El artículo 20.1.5.º de la Ley del IVA incluye los servicios prestados por odontólogos en el ejercicio de su profesión y determinadas operaciones con prótesis dentales. Para clasificar un tratamiento concreto, hay que revisar el servicio prestado y quién lo realiza; su nombre comercial o su finalidad estética por sí solos no bastan para asignar un tipo. Consulta las fuentes oficiales enlazadas en esta sección.

SupuestoQué establece la fuente oficial
Servicios prestados por odontólogosEl artículo 20.1.5.º de la Ley del IVA prevé la exención para los servicios realizados en el ámbito de la profesión. Consulta cómo la AEAT describe esta exención.
Prótesis dentalesLa norma incluye la entrega, reparación y colocación de prótesis dentales y ortopedias maxilares cuando las realizan los profesionales que enumera.
Otros servicios de la clínicaComprueba quién presta el servicio y si encaja en una exención. El nombre comercial del tratamiento, por sí solo, no determina el tipo de IVA.

Consulta el artículo 20.1.5.º de la Ley del IVA. Si una misma factura reúne operaciones exentas y sujetas o distintos tipos, revisa el artículo 6 del Reglamento de facturación.

Cómo indicarlo correctamente en la factura

Cuando una operación está exenta, la factura debe indicar la disposición aplicable o que la operación está exenta, según el Reglamento de facturación. Para los servicios odontológicos que encajen en la exención específica, la referencia es el artículo 20.1.5.º de la Ley del IVA; no uses automáticamente el artículo 20.1.3.º, que regula otros servicios sanitarios. Consulta el artículo 6.1.j del Reglamento de facturación y el artículo 20.1.5.º de la Ley del IVA.

El caso de los tratamientos mixtos

Si una factura incluye operaciones exentas y operaciones sujetas a IVA, o servicios con distintos tipos impositivos, la base imponible correspondiente a cada tratamiento debe aparecer desglosada según el Reglamento de facturación. Revisa el artículo 6.2 del Reglamento de facturación.

Modelo de factura de dentista para copiar

Si buscas un modelo para empezar, este recoge los datos de una factura completa con un tratamiento exento y otro sujeto a IVA. Sustituye los campos entre corchetes y revisa en las secciones anteriores qué mención y qué tipo de IVA corresponden a cada servicio. Si tu clínica emite muchas facturas, un software de facturación médica genera estos datos por ti.

Modelo de factura de dentista

Formato adaptable · Factura completa con servicios exentos y sujetos a IVA

Datos de la factura
Serie y número
[Serie]-[Nº]
Fecha de expedición
[DD/MM/AAAA]
Fecha de la operación (si es distinta)
[DD/MM/AAAA]
Emisor
Nombre o razón social
[Clínica u odontólogo]
NIF
[NIF]
Domicilio
[Dirección completa]
Destinatario
Nombre y apellidos o razón social
[Paciente o empresa]
NIF (si procede)
[NIF]
Domicilio (si procede)
[Dirección]
Detalle
Descripción del tratamientoCant.Precio unitarioBase imponibleIVA
[Tratamiento odontológico exento][1][€][€]Exento
[Operación sujeta a IVA, si la hay][1][€][€][Tipo %]
Totales
Base exenta
[€]
Base sujeta a IVA
[€]
Cuota de IVA
[€]
Retención de IRPF (si procede)
[€]
Total factura
[€]
Menciones
Operación exenta de IVA conforme al artículo 20.Uno.5.º de la Ley 37/1992 del IVA.
[Código QR y leyenda de Verifactu, solo si tu sistema de facturación los genera]
Modelo orientativo · Adáptalo a tu caso y consúltalo con tu gestoría: los requisitos varían según el destinatario y el tipo de factura.

IRPF en facturas de dentista: cuándo retener y cuánto

Retenciones orientativas en facturas profesionales
SituaciónQué revisar
Paciente particularEn general, no se practica retención profesional al cobrar al paciente.
Pago de una entidad o profesionalPuede haber retención si es un rendimiento profesional y quien paga está obligado a retener. Tipo general: 15 %; en el inicio de actividad, 7 % durante ese año y los dos siguientes, si se cumplen los requisitos.

Consulta la guía de retenciones de la AEAT.

La tabla resume los tipos habituales, pero la retención no se aplica automáticamente por el hecho de que pague una clínica o aseguradora. Confirma la naturaleza profesional del servicio y si el pagador tiene obligación de retener. Consulta la guía oficial de la AEAT.

Verifactu para dentistas: qué es y qué te obliga a hacer

El Reglamento de sistemas informáticos de facturación (RRSIF) se aplica a determinados empresarios y profesionales establecidos en España que expiden facturas mediante un sistema informático. Hay exclusiones y condiciones específicas; consulta los criterios oficiales de la AEAT antes de concluir si tu clínica está obligada.

Si estás dentro del ámbito, hay dos modalidades válidas: VERI*FACTU remite los registros a la AEAT después de emitir la factura; NO VERI*FACTU los conserva y aplica requisitos adicionales de seguridad. Por tanto, no todas las clínicas envían los registros en tiempo real. La AEAT establece como fechas límite el 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados. Revisa las modalidades de cumplimiento y las fechas y condiciones de aplicación. La conformidad del sistema se acredita mediante una declaración responsable del productor; no mediante una homologación previa de la AEAT. Si quieres el detalle para tu especialidad, tienes la guía de Verifactu para dentistas.

Errores más comunes al facturar en odontología

Qué revisarCómo hacerlo correctamente
Tipo de IVA del tratamientoNo lo deduzcas solo del nombre comercial o de si parece estético. Comprueba el servicio, quién lo presta y si encaja en la exención odontológica del artículo 20.1.5.º de la Ley del IVA.
Operaciones distintas en una misma facturaCuando haya operaciones exentas y sujetas o distintos tipos impositivos, desglosa las bases correspondientes según el artículo 6 del Reglamento de facturación.
Retenciones profesionalesAntes de aplicar una retención, comprueba que el pago sea un rendimiento profesional y que quien paga esté obligado a retener. Consulta la guía de retenciones de la AEAT.
Corrección de una factura emitidaSi procede rectificar, sigue el procedimiento y las menciones de la factura rectificativa previstos en el artículo 15 del Reglamento de facturación.
Obligaciones del sistema de facturaciónComprueba primero si la clínica está dentro del ámbito del RRSIF, qué modalidad puede utilizar y qué fecha le corresponde en las preguntas oficiales de la AEAT.

Cómo simplificar la facturación de tu clínica dental

Una gestión clara de la agenda, las facturas y los cobros ayuda a tener la información de la clínica en un mismo lugar. Puedes conocer las opciones del software para odontólogos de Docfav, comparar los mejores software para clínicas dentales y revisar los indicadores de rentabilidad de una clínica. Si además presupuestas tratamientos, consulta el formato de presupuesto dental.

Si quieres valorar si la herramienta se ajusta a tu consulta, usa el botón de solicitar demo que aparece al final del artículo.

Preguntas frecuentes sobre facturas de dentista

En general, el profesional debe expedir factura por los servicios que presta. Según la operación y el importe, puede emitir una factura simplificada si cumple los requisitos; en otros casos corresponde una factura completa. La obligación de facturar es distinta de las obligaciones de Verifactu, que dependen de si el sistema y la clínica están dentro de su ámbito de aplicación. Consulta los artículos 2 y 3 del Reglamento de facturación y los requisitos de la factura simplificada.

Si detectas un error que debe corregirse, emite una factura rectificativa e identifica la factura original, el motivo de la rectificación y los datos exigidos por la norma. No elimines ni sustituyas sin rastro una factura ya emitida. El modo de registrar la rectificación en el sistema dependerá de las obligaciones aplicables a la clínica. Consulta el artículo 15 del Reglamento de facturación.

Los servicios prestados por odontólogos en el ejercicio de su profesión pueden estar exentos conforme al artículo 20.1.5.º de la Ley del IVA. No se determina el tipo solo por llamar al tratamiento “estético” o por indicar que tiene finalidad médica: hay que comprobar quién presta el servicio y qué operación se realiza. Consulta el artículo 20.1.5.º de la Ley del IVA y la explicación de la AEAT sobre servicios odontológicos.

Un presupuesto sin cobro no es una factura ni un registro de facturación. Si se cobra un anticipo, puede surgir la obligación de documentarlo con una factura, según las reglas aplicables. Cuando la clínica esté dentro del ámbito del Reglamento de sistemas informáticos de facturación, el sistema deberá cumplir los requisitos correspondientes al emitir y registrar facturas. Consulta el Reglamento de facturación y las preguntas oficiales de la AEAT sobre el ámbito de Verifactu.

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