Obligaciones fiscales de un médico autónomo

Muchos médicos optan por darse de alta como autónomos para ejercer su profesión. Si bien esto trae muchas ventajas, no te desliga de cumplir con ciertas obligaciones fiscales de un médico autónomo.

Todos los autónomos han de cumplir con una serie de obligaciones fiscales en unos plazos determinados. Además, como médico, habrá ciertas particularidades que tendrás que tener en cuenta.

A veces puede llegar a ser un poco confuso cumplir con todas las obligaciones de médico autónomo. Por ello, te vamos a explicar todas las obligaciones que tienes que tener en cuenta y cómo los software de gestión clínicas te pueden ayudar en el proceso:

dibujo de monedas, documentos y un calendario representando las obligaciones fiscales de un médico
infograma sobre las obligaciones fiscales de un médico, indicando que algunas de ellas son: alta en hacienda, alta en la seguridad social, el pago de impuestos, los gastos deducibles y las declaraciones a presentar

Alta en hacienda: Modelo 037 para médicos

Darte de alta en Hacienda es el primer requisito para comenzar tu actividad como médico autónomo. Para ello vas a tener que presentar el modelo 037. En este modelo tendrás que indicar tus datos personales y datos sobre la actividad que vas a ejercer como médico. Además, estás obligado a volver a presentar este modelo cada vez que haya variaciones en cualquiera de estos datos. Este documento es muy importante ya que a partir de los datos que aparecen en él se establecen los impuestos que tendrás que pagar.

Alta en la seguridad social como médico autónomo

Así como debes darte de alta en Hacienda, también debes darte de alta ante la Seguridad Social como médico autónomo. Para ello, tienes que darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). También es importante que tengas en cuenta que tendrás que informar de cambios en los datos que aportes en el momento del alta como autónomo.

¿Qué impuestos paga un médico autónomo en España?

Los impuestos más comunes que debes de tener en cuenta como autónomo son el IVA y el IRPF. En ambos casos hay excepciones y casos particulares. Vamos a ver cuándo tienes que aplicar cada uno de ellos:

IVA

Es importante tener en cuenta que todo trabajador del área de la salud está exento del IVA, y es por eso que esta no debe ir incluida en las facturas. Por tanto, si eres sanitario o médico, de cualquier especialidad: psicología, odontología, dermatología, nutrición u otra, no estás obligado a realizar el pago del IVA. Recuerda, que los software de gestión que te pueden ayudar con todas estas obligaciones también tienen versiones diseñadas para cada especialidad como los software para nutricionistas.

Esto tiene una excepción. En caso de que prestes otro tipo de servicios como conferencias, formaciones o cualquier actividad no relacionada con servicios sanitarios, sí tendrás que aplicar el IVA. Además, también tienes que saber que, si trabajas en el ámbito de la estética realizando masajes, tratamientos y otro tipo de servicios, también tendrás que incluir el IVA ya que no se consideran servicios sanitarios. Es recomendable que cuentes con algún software de facturación médica que te ayude a generar facturas automáticamente.

IRPF

El IRPF de los autónomos se paga en función de los rendimientos que hayan obtenido a lo largo del año. Para ello, tendrás que presentar las declaraciones trimestrales del IRPF a Hacienda. De esta forma, trimestralmente se va a calcular una cuantía a pagar de IRPF, según tus ingresos y gastos.

Estas cuantías trimestrales hacen la función de adelantos a Hacienda. Después, cuando tengas que hacer la declaración de la renta, se tendrán en cuenta estas cuantías para comprobar si esos adelantos han sido adecuados. En el caso de que hayas pagado más de lo que te correspondía, la declaración te saldrá a devolver. Y, lógicamente, si los adelantos han sido menores de lo que deberían, la declaración saldrá a pagar.

¿Qué gastos me puedo deducir como médico autónomo?

Al trabajar como médico autónomo también tienes que saber que hay una serie de gastos deducibles. Por ejemplo, son deducibles el alquiler, suministros y otros gastos que estén relacionados con tu actividad como médico. Eso sí, tienes que tener los gastos que te quieras deducir correctamente anotados en tus libros contables y debes presentar las facturas para que te los deduzcan.

¿Qué declaraciones tengo que presentar como médico autónomo?

Por último, es importante que conozcas qué declaraciones tienes que presentar ante Hacienda. Estas son algunas de las declaraciones a presentar, aunque tienes que tener en cuenta las condiciones y excepciones que te hemos comentado:

➜Declaración trimestral IVA
➜ Declaración trimestral IRPF
➜ Declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta
➜ Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta
➜ Resumen anual de IVA
➜ Resumen anual del IRPF

dibujo representando que una de las obligaciones fiscales de un médico es la presentación de declaraciones trimestrales y anuales ante Hacienda
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Iñigo Ardanza